Desalojo – No-Pago De Renta

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¿Qué es desalojo?

Desalojo es el  proceso legal que el propietario tiene que seguir  para que desocupe la  casa o departamento que renta. Si usted no paga su renta, el propietario puede  desalojarlo. Para desalojarle legalmente, el propietario debe seguir ciertos pasos.

¿Cuáles son los pasos en un desalojo por no pago de renta?

  1. El propietario le da un aviso escrito

  2. Tiene un periodo de gracia de 5 días.

  3. El propietario registra una demanda judicial

  4. Le entregan la demanda de la citación judicial

  5. Audiencia en la corte

  6. Fallo judicial

  7. Período de mudansa

  8. El propietario recupera la propiedad
     

PRIMER PASO - AVISO ESCRITO

Antes de archivar un caso de desalojo en el tribunal, el propietario debe darle un aviso por escrito para que pague la renta. El aviso no tiene que ser notarizado o  ser escrito en una forma especial. El aviso no tiene que tener una lenguaje especial. Generalmente, en el aviso le indican que tiene que  pagar su alquiler en un plazo requerido o tiene que mudarse. El propietario debe darle el aviso en  una de las tres formas siguientes:

  1. El propietario puede entregarle  el aviso en  persona;
  2. Si el propietario no lo puede encontrar personalmente, él  puede darle el aviso  escrito a cualquier miembro de su familia mayor de  15 años que vive en su casa;
  3. Si no hay nadie en la casa, el propietario puede pegarr el aviso en su puerta y enviarle una copia por  correo certificado.

SEGUNDO PASO – PERIODO DE GRACIA

 

Después que usted recibe  el aviso, tiene un período de gracia de 5 días antes que el propietario lo pueda desalojar. Si usted vive en una vivienda  pública,  tiene un período de gracia de 14 días. Si usted paga al propietario todo el dinero que debe antes del finalizar  el período de gracia, entonces  no puede ser legalmente desalojado por no pagar el alquiler. Si usted paga su alquiler durante el período de 5 días  de gracia, asegúrese que le den un recibo en donde señalen la fecha que usted pagó, la cantidad que pago y el hecho que “pago toda la deuda”. El recibo probará que usted pagó, si el propietario todavía trata de desalojarle.

 

 

Si usted no puede pagar el alquiler dentro del periodo de 5 días de gracia,  decide  no  pagar la renta atrasada. Usted puede usar ese dinero para pagar su mudanza. Si usted paga la renta,  después que los  5 días que el periodo de gracia ha  expirado y quiere seguir viviendo en la propiedad, asegúrese de obtener un  recibo en donde  se indique que "el Propietario está de acuerdo en no desalojarlo"

Recuerde, si usted no puede pagar su alquiler antes que el  período de gracia termine, debe mudarse inmediatamente. No pierda tiempo.

EL TERCER PASO - COMIENZO DE UNA DEMANDA DE DESALOJO

 

El propietario debe archivar una demanda judicial en la corte para forzarle a salir de la propiedad. La demanda por desalojo se llamada acción de  " Entrada Forzosa y  apropiación". Por lo general, el propietario archiva la demanda en la Corte de Demandas menores. Después que el propietario archiva la demanda, usted recibirá el  aviso de la demanda  y tendrá que presentarse en la corte en una audiencia ante el juez. El propietario puede pedir al juez por alguno y todo lo siguiente:

  • Todo lo que debe de renta  más gastos por atraso;
  • El  costo de reparación de la propiedad;
  • Cualquier otro gasto que resulten por su incumplimiento de pagar el alquiler
  • Gastos del tribunal; y
  • Honorarios de abogados.

El juez puede ordenar que usted pague todos estos gastos además de desalojarlo de  la propiedad.

EL CUARTO PASO - CITACIÓN JUDICIAL (AVISO) 

La citación judicial es el aviso donde le  informan la fecha y hora  que tiene que asistir a una  audiencia de desalojo. Si  le entregan la citación judicial en menos de tres días de la fecha de la audiencia, usted puede pedir al juez que posponga la cita de la audiencia. Si  el juez está de acuerdo con el cambio, usted tendrá unos días más para mudarse o conseguir ayuda legal.

El propietario debe entregarle la  Citación judicial y copia de todos los documentos que  archivo en la demanda. Cuando los documentos le son entregados, se dice que usted ha  sido "servido”. Usted puede ser servido en una o varias de las siguientes formas:

  • En persona por un servidor de proceso o un alguacil al menos 3 días antes de la fecha de la audiencia;
  • Si usted no está en casa, los documentos pueden ser entregados a cualquier persona de  más de 15 años que vive en su casa;
  • Por correo certificado, entrega restringida, el recibo de retorno de  matasellos con fecha de por lo menos 3 días antes de la fecha de la audiencia.
  • Si usted no puede ser encontrado, el servicio puede ser por publicación en un periódico de circulación general del condado donde vive; o
  • Usted puede ser servido, si el alguacil o servidor de proceso privado coloca  la citación judicial en un lugar visible de su propiedad, por lo  menos cinco días antes de la audiencia y enviándole por correo certificado una copia de la citación judicial, con un recibo de retorno de matasellos de por menos  cinco días antes de la fecha de la audiencia.

El aviso por la publicación o poniendo la citación judicial en la propiedad le permite al propietario obtener la  propiedad. Sin embargo, Si usted no se presenta a la audiencia,  el juez no puede adjudicar  daños financieros contra usted.

EL QUINTO PASO – AUDIENCIA

Muchas veces el juez le  pedirá tratar de llegar a un arreglo con el propietario antes de ir a la audiencia. Si usted y el propietario llegan a un  acuerdo, ustedes deben decirle  al juez o al secretario del juez que ustedes  han llegado a un acuerdo  en su litigio y que  acuerdo han tomado. No abandone  el juzgado sin  antes informarle al juez sobre su acuerdo. No confíe en que el  propietario le  informará   al juez acerca de su acuerdo.

Si usted y el propietario no llegan a un  acuerdo, entonces habrá una  audiencia. En la audiencia, el juez le preguntará si usted recibió  el aviso judicial  y si usted pago todo su alquiler durante el período de gracia. En ese momento muéstrele  al juez su recibo.

EL SEXTO PASO – FALLO JUDICIAL

Si el propietario siguió todos  los pasos y usted debe dinero por  el alquiler, el juez puede ordenar que usted se mude inmediatamente. El juez podrá dictar sentencia contra contar usted por el pago de alquiler atrasado, daños, costos de la corte  y honorarios de los  abogados. Una vez que el propietario tiene una sentencia en su contra usted, él/ ella puede embargar sus salarios o cuenta bancaria para pagar lo que debe.

  

EL ÚLTIMO PASO - MUDARSE

Después de la audiencia, el  propietario debe darle un plazo de 2 días (48 horas)   para que se mude El propietario puede darle el aviso personalmente o  enviar al alguacil para darle el aviso. Es muy urgente  que usted se mude antes de los 2 días de plazo.

Si usted no se muda dentro de los 2 días de plazo  y el propietario toma posesión de la propiedad, usted se arriesga a  perder todas sus pertenencias que estén en la propiedad. Si no tiene mucho tiempo, tome primero sus documentos importantes y las cosas más valiosas, junto con cualquier efecto personal que no puede sustituir. El propietario puede confiscar cualquier cosa que deje,  arrojar sus pertenencias a la calle o poner  sus cosas en un depósito.  El Propietario también puede cobrarle gastos de depósito. Si usted no paga los gastos de depósito, el propietario o la compañía de depósito pueden vender sus  pertenencias.

Consulte con un abogado si tiene preocupaciones específicas acerca de su situación o para mayor información acerca del desalojo.

Última revisión y actualización: Dec 14, 2022
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