Desalojo – No-Pago De Renta
Contenido
Información
¿Qué es desalojo?
Desalojo es el proceso legal que el propietario tiene que seguir para que desocupe la casa o departamento que renta. Si usted no paga su renta, el propietario puede desalojarlo. Para desalojarle legalmente, el propietario debe seguir ciertos pasos.
¿Cuáles son los pasos en un desalojo por no pago de renta?
-
El propietario le da un aviso escrito
-
Tiene un periodo de gracia de 5 días.
-
El propietario registra una demanda judicial
-
Le entregan la demanda de la citación judicial
-
Audiencia en la corte
-
Fallo judicial
-
Período de mudansa
-
El propietario recupera la propiedad
PRIMER PASO - AVISO ESCRITO
Antes de archivar un caso de desalojo en el tribunal, el propietario debe darle un aviso por escrito para que pague la renta. El aviso no tiene que ser notarizado o ser escrito en una forma especial. El aviso no tiene que tener una lenguaje especial. Generalmente, en el aviso le indican que tiene que pagar su alquiler en un plazo requerido o tiene que mudarse. El propietario debe darle el aviso en una de las tres formas siguientes:
- El propietario puede entregarle el aviso en persona;
- Si el propietario no lo puede encontrar personalmente, él puede darle el aviso escrito a cualquier miembro de su familia mayor de 15 años que vive en su casa;
- Si no hay nadie en la casa, el propietario puede pegarr el aviso en su puerta y enviarle una copia por correo certificado.
SEGUNDO PASO – PERIODO DE GRACIA
Después que usted recibe el aviso, tiene un período de gracia de 5 días antes que el propietario lo pueda desalojar. Si usted vive en una vivienda pública, tiene un período de gracia de 14 días. Si usted paga al propietario todo el dinero que debe antes del finalizar el período de gracia, entonces no puede ser legalmente desalojado por no pagar el alquiler. Si usted paga su alquiler durante el período de 5 días de gracia, asegúrese que le den un recibo en donde señalen la fecha que usted pagó, la cantidad que pago y el hecho que “pago toda la deuda”. El recibo probará que usted pagó, si el propietario todavía trata de desalojarle.
Si usted no puede pagar el alquiler dentro del periodo de 5 días de gracia, decide no pagar la renta atrasada. Usted puede usar ese dinero para pagar su mudanza. Si usted paga la renta, después que los 5 días que el periodo de gracia ha expirado y quiere seguir viviendo en la propiedad, asegúrese de obtener un recibo en donde se indique que "el Propietario está de acuerdo en no desalojarlo"
Recuerde, si usted no puede pagar su alquiler antes que el período de gracia termine, debe mudarse inmediatamente. No pierda tiempo.
EL TERCER PASO - COMIENZO DE UNA DEMANDA DE DESALOJO
El propietario debe archivar una demanda judicial en la corte para forzarle a salir de la propiedad. La demanda por desalojo se llamada acción de " Entrada Forzosa y apropiación". Por lo general, el propietario archiva la demanda en la Corte de Demandas menores. Después que el propietario archiva la demanda, usted recibirá el aviso de la demanda y tendrá que presentarse en la corte en una audiencia ante el juez. El propietario puede pedir al juez por alguno y todo lo siguiente:
- Todo lo que debe de renta más gastos por atraso;
- El costo de reparación de la propiedad;
- Cualquier otro gasto que resulten por su incumplimiento de pagar el alquiler
- Gastos del tribunal; y
- Honorarios de abogados.
El juez puede ordenar que usted pague todos estos gastos además de desalojarlo de la propiedad.
EL CUARTO PASO - CITACIÓN JUDICIAL (AVISO)
La citación judicial es el aviso donde le informan la fecha y hora que tiene que asistir a una audiencia de desalojo. Si le entregan la citación judicial en menos de tres días de la fecha de la audiencia, usted puede pedir al juez que posponga la cita de la audiencia. Si el juez está de acuerdo con el cambio, usted tendrá unos días más para mudarse o conseguir ayuda legal.
El propietario debe entregarle la Citación judicial y copia de todos los documentos que archivo en la demanda. Cuando los documentos le son entregados, se dice que usted ha sido "servido”. Usted puede ser servido en una o varias de las siguientes formas:
- En persona por un servidor de proceso o un alguacil al menos 3 días antes de la fecha de la audiencia;
- Si usted no está en casa, los documentos pueden ser entregados a cualquier persona de más de 15 años que vive en su casa;
- Por correo certificado, entrega restringida, el recibo de retorno de matasellos con fecha de por lo menos 3 días antes de la fecha de la audiencia.
- Si usted no puede ser encontrado, el servicio puede ser por publicación en un periódico de circulación general del condado donde vive; o
- Usted puede ser servido, si el alguacil o servidor de proceso privado coloca la citación judicial en un lugar visible de su propiedad, por lo menos cinco días antes de la audiencia y enviándole por correo certificado una copia de la citación judicial, con un recibo de retorno de matasellos de por menos cinco días antes de la fecha de la audiencia.
El aviso por la publicación o poniendo la citación judicial en la propiedad le permite al propietario obtener la propiedad. Sin embargo, Si usted no se presenta a la audiencia, el juez no puede adjudicar daños financieros contra usted.
EL QUINTO PASO – AUDIENCIA
Muchas veces el juez le pedirá tratar de llegar a un arreglo con el propietario antes de ir a la audiencia. Si usted y el propietario llegan a un acuerdo, ustedes deben decirle al juez o al secretario del juez que ustedes han llegado a un acuerdo en su litigio y que acuerdo han tomado. No abandone el juzgado sin antes informarle al juez sobre su acuerdo. No confíe en que el propietario le informará al juez acerca de su acuerdo.
Si usted y el propietario no llegan a un acuerdo, entonces habrá una audiencia. En la audiencia, el juez le preguntará si usted recibió el aviso judicial y si usted pago todo su alquiler durante el período de gracia. En ese momento muéstrele al juez su recibo.
EL SEXTO PASO – FALLO JUDICIAL
Si el propietario siguió todos los pasos y usted debe dinero por el alquiler, el juez puede ordenar que usted se mude inmediatamente. El juez podrá dictar sentencia contra contar usted por el pago de alquiler atrasado, daños, costos de la corte y honorarios de los abogados. Una vez que el propietario tiene una sentencia en su contra usted, él/ ella puede embargar sus salarios o cuenta bancaria para pagar lo que debe.
EL ÚLTIMO PASO - MUDARSE
Después de la audiencia, el propietario debe darle un plazo de 2 días (48 horas) para que se mude El propietario puede darle el aviso personalmente o enviar al alguacil para darle el aviso. Es muy urgente que usted se mude antes de los 2 días de plazo.
Si usted no se muda dentro de los 2 días de plazo y el propietario toma posesión de la propiedad, usted se arriesga a perder todas sus pertenencias que estén en la propiedad. Si no tiene mucho tiempo, tome primero sus documentos importantes y las cosas más valiosas, junto con cualquier efecto personal que no puede sustituir. El propietario puede confiscar cualquier cosa que deje, arrojar sus pertenencias a la calle o poner sus cosas en un depósito. El Propietario también puede cobrarle gastos de depósito. Si usted no paga los gastos de depósito, el propietario o la compañía de depósito pueden vender sus pertenencias.
Consulte con un abogado si tiene preocupaciones específicas acerca de su situación o para mayor información acerca del desalojo.